A continuación reproducimos la columna de Constanza Hube, abogado del Programa Legislativo de LyD y Javiera Alzola, abogado de la Fundación Jaime Guzmán, publicada en Pulso:
Se rechazó en Comisión la acusación constitucional presentada por un grupo de parlamentarios de la Concertación en contra del Ministro de Educación, Harald Beyer. Si bien fueron tres las causas esgrimidas, el motivo más debatido dice relación con la supuesta omisión por parte del ministro del cumplimiento de las obligaciones que le corresponden en su cargo, en particular, de fiscalización de su sector.
El documento acusatorio señala que es pública y notoria la existencia de prácticas en las cuales diversas universidades no estarían cumpliendo con las normas referidas a la prohibición de perseguir fines de lucro y que, por lo tanto, “no se puede si no concluir que el actual Ministro tiene un conocimiento evidente y demostrado sobre estos hechos”, pero que sin perjuicio de esto no fiscalizó.
Es necesario tener presente algunos antecedentes en relación a tal aseveración. Por un lado, como no existen facultades específicas de fiscalización se ha sostenido que de la potestad sancionatoria que estaría en la LGE que permite al ministro cancelar la personalidad jurídica y revocar el reconocimiento oficial (ejercida en el caso de la Universidad del Mar), se puede desprender dichas facultades fiscalizadoras. En este sentido, pareciera que no se tiene presente un principio fundamental de nuestro Estado de Derecho: los órganos del Estado sólo pueden actuar habilitados por ley. Éste es el que se conoce como principio de legalidad y constituye una de las principales garantías de la libertad en nuestra Constitución.
Por lo tanto, si dichas atribuciones fiscalizadoras no se han otorgado expresamente por ley, ¿cómo se le exige al ministro ejercer facultades que no tiene? Sobre quien lidera la cartera de Educación recaen muchas responsabilidades, pero al mismo tiempo el cargo goza de muy pocas atribuciones para desempeñar sus obligaciones.
¿Qué hubiera pasado si el Ministro hubiera fiscalizado tal como se pretendía? Quizás si hubiera ejercido atribuciones, que no tiene, si habría dado verdaderos motivos para ejercer una acusación constitucional, ya que se estaría vulnerando flagrantemente la Constitución, particularmente el principio de legalidad, y pasando a llevar la autonomía de la cual gozan actualmente las universidades.