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5 MITOS SOBRE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE

El Coordinador de Políticas Públicas, José Francisco García, desmiente 5 afirmaciones respecto a por qué se necesitaría una Asamblea Constituyente:

1. No es cierta la tesis que Chile se encontraría en una “crisis institucional”. Desafección con la política es algo diferente. Es cierto; existen una serie de indicadores que muestran que las instituciones políticas –en particular el Congreso y los partidos políticos– no cuentan hoy con la admiración de la ciudadanía. Sin embargo, ello no ex extensivo a otras instituciones como Carabineros, Fuerzas Armadas, o radios, las que gozan de una alta aprobación según la última encuesta CEP. Ello es reconocido por personeros importantes de izquierda. La idea de una Asamblea Constituyente es, en palabras del propio Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza, forzar a “una confrontación”. Para el ex Presidente del Senado, el PS Camilo Escalona, no sólo es “fumar opio”, sino que se basa en un diagnóstico errado: confundir la desafección con la política con una crisis institucional.

2. Las Asambleas Constituyentes son una institución frente a una crisis severa como lo demuestra la realidad internacional. La generación de nuevas Constituciones han sido, por regla general, un fenómeno asociado a situaciones de post guerra externa o interna, o desde el tránsito de un régimen autoritario a uno democrático. Ello es lo que ha pasado en África y en Asia. Ello contrasta con lo que ha sucedido en Latinoamérica, donde los casos de Venezuela, Ecuador y Bolivia muestran que el proceso constituyente está puesto más bien al servicio de modificar el estado de cosas existente, y rearmar el escenario político para buscar favorecer a grupos políticos específicos o darles mayor poder del que ya tienen.

3. No es cierto que la Constitución chilena sea “tramposa”. Las principales “trampas” que existirían son el sistema binominal (que, desde 2005, en general, ya no está regulado en la Constitución) y la existencia de leyes supermayoritarias. El sistema binominal ha sido objeto permanente de discusión en los últimos años y no hay consenso en la fórmula de perfeccionamiento, dado que, por un lado, existen diferentes posiciones válidas entre quienes defienden el sistema binominal, el sistema proporcional y el sistema mayoritario. Los principales politólogos del mundo han evaluado bien el sistema binominal, lo que ha aumentado el debate. Respecto de las leyes supermayoritarias, en particular la existencia de leyes orgánicas constitucionales, no es cierto que solo existan en Chile. En Francia, España, Austria, Bélgica, Uruguay, por dar algunos casos, existen estas leyes supermayoritarias, incluso con quórums de modificación, aprobación y derogación superior al quórum chileno.

4. No es cierto que la Constitución chilena sea “neoliberal” y que impida desarrollar proyectos políticos alternativos. Chile, bajo la misma Constitución se rigió sin crisis bajo regímenes de centro izquierda por 20 años. Incluso, la Constitución admitió sin traumas ni complejos las reformas de la Concertación tendientes a formar un verdadero Estado de Bienestar, con aumentos de impuestos, reformas laborales y una gran reforma de pensiones. Es más, las reformas tributarias y laborales requieren para su aprobación en el Congreso de mayoría simple.

5. No es cierto que la Constitución impida avanzar en nuevos perfeccionamientos o que los quórum de reforma constitucional chilenos sean excesivos. Los quórum de reforma constitucional en Chile, de 2/3 y 3/5 son los típicamente utilizados en el resto del mundo. Ello comprueba el que, desde fines de los 80’s se ha avanzado por el camino de perfeccionar la Constitución. , destacando un primer gran paquete de reformas en 1989 y otro el segundo en 2005, pero debemos hacerlo sobre la base de una discusión racional y superponiendo los intereses de largo plazo del país por sobre intereses políticos instantáneos. Más aún, debemos redoblar la defensa de la democracia representativa frente a quienes buscan instalar en el país -siguiendo los planteamientos del movimiento estudiantil- una democracia plebiscitaria –tan de moda entre los populistas del continente– que, como sabemos, es una forma encubierta de autoritarismo. Por lo demás, el debate no puede perder el sentido último de la una Constitución: limitar el poder del Estado para, con ello, salvaguardar los derechos y libertades individuales.

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