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¿POR QUÉ INSISTEN EN DECIR QUE CRÉDITO PARA EDUCACIÓN ES SÓLO PARA LOS MÁS RICOS?

1.     A este beneficio sólo pueden acceder  aquellas familias con ingresos totales brutos  menores a UF 792 anual,  es decir menos de  1.490.000 bruto mensual.  En términos de ingreso liquido  (luego de previsión e impuestos), es decir mirando el    monto realmente relevante para las familias, solo podrán optar a esta ayuda  quienes perciban menos de 1.160.000.

2-      Pese a pertenecer al IV quintil, es decir, considerarse de clase media, una familia, de 5 integrantes, con un ingreso por persona de 235.000  quedaría fuera de este beneficio por ser demasiado “rica”. . Por ejemplo, una pareja promedio de profesores básicos  que enseña  en  colegios municipales, con 3 hijos, es considerada demasiado adinerada como para acogerse a esta ayuda.

3- Profesionales de carreras de alta remuneración como Ingenieros, Abogados, Constructores Civiles, etc. quedan prácticamente por completo fuera de este beneficio. Parejas de técnicos, y profesionales de menor remuneración, por ejemplo parejas donde ambos se desempeñen en algunas de estas profesiones: profesores, enfermeras, psicólogos, técnicos automotrices, técnicos en comercio exterior, contadores, etc, todos quedarían marginados del crédito por ser demasiado “ricos”.

4-      No todos los colegios con financiamiento compartido son privados (existen municipales que cobran en la educación media) y no todos los privados tienen fines de lucro. No es una medida pro lucro, es una medida pro bolsillo de las familias clase media, quienes quedan fuera de la subvención preferencial.

Fuentes: SII, Informe Financiero PDL, Casen 2009

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